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CONVOCATORIA Y OPCIÓN DE VOTO EN ITALIA PARA LOS CIUDADANOS INSCRITOS EN LA AIRE

Según la Ley nº 459 de 27 de diciembre de 2001, los ciudadanos italianos residentes en el extranjero inscritos en las listas electorales de la circunscripción votan por correo, recibiendo el sobre electoral en su domicilio. Por ello, se recomienda comprobar y regularizar sus datos personales y su dirección en su consulado, preferentemente a través del portal en línea de los servicios consulares Fast It.

Como alternativa al voto por correo, los ciudadanos inscritos en la AIRE pueden ELEGIR VOTAR EN ITALIA EN SU PROPIO MUNICIPIO, comunicando su elección (OPCIÓN) por escrito al Consulado A MÁS TARDAR EL 31 DE JULIO DE 2022 (el décimo día después del día de la votación). Esta comunicación puede ser escrita en papel normal y -para ser válida- debe contener el nombre, los apellidos, la fecha, el lugar de nacimiento, el lugar de residencia y la firma del votante, y debe ir acompañada de una copia de un documento de identidad del declarante. También se puede utilizar el formulario correspondiente que puede descargarse de la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional (www.esteri.it) o de la de su oficina consular de referencia (FORMULARIO DE OPCIÓN).

Los electores que decidan votar en Italia en las próximas elecciones políticas recibirán de sus respectivos municipios italianos las cédulas para votar -en los colegios electorales de Italia- a los candidatos de las circunscripciones nacionales y no a los de la circunscripción del extranjero.

La elección (opción) de votar en Italia sólo es válida para un colegio electoral.

Se reitera en todo caso que la opción DEBE RECIBIRSE en la Oficina Consular NO MÁS TARDE DE DIEZ DÍAS DESDE LA INICIACIÓN DE LA VOTACIÓN. Tal y como exige la normativa vigente, será responsabilidad de los electores comprobar que la notificación de opción enviada por correo ha sido recibida en tiempo y forma por su oficina consular.

La opción de votar en Italia puede ser posteriormente REVOCADA mediante una comunicación escrita que debe ser enviada o entregada en la oficina consular de la misma manera y en el mismo plazo que para ejercer la opción.

Si se opta por volver a Italia para votar, la ley NO prevé ningún tipo de reembolso de los gastos de viaje incurridos, sino sólo tarifas reducidas dentro del territorio italiano. Sólo los votantes que residen en países donde no se cumplen las condiciones para el voto por correspondencia (Ley 459/2001, art. 20, párr. 1-bis) tienen derecho al reembolso del 75% del coste de su billete de viaje, en clase económica.

La Oficina Consular queda a disposición para cualquier aclaración.