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Servicios electorales

La Oficina de Servicios Electorales se encarga de la gestión de todos los eventos electorales nacionales y europeos, en los cuales los ciudadanos que tienen derecho al voto, residentes en esta circunscripción, son llamados a participar.

 

Elecciones políticas y Referéndum

Los ciudadanos italianos residentes en el extranjero tienen derecho al voto para la elección de la Cámara de Diputados y del Senado de la República, así como para los Referendum populares.

En ocasión de las elecciones políticas, estos votan en la Circunscripción Extranjera para elegir a 12 diputados y 6 senadores.

La Circunscripción Extranjera está dividida en 4 Reparticiones o áreas geográficas: a) Europa; b) América Meridional (América del Sur); c) América Septentrional (Central y del Norte); d) África, Asia, Oceanía y Antártica.

Los electores votan por las listas presentadas en la Reparticiones geográficas, de acuerdo a su residencia. En cada repartición se elige a un diputado y un senador, mientas que las curules restantes se distribuyen entre las reparticiones, en proporción al número de residentes.

Tienen derecho al voto todos los italianos residentes en el extranjero que hayan cumplido 18 años (para la elección de la Cámara de Diputados) o 25 años (para la elección del Senado), y que estén inscritos en las listas electorales que se formarán sobre la base de una lista actualizada de los residentes en el extranjero, fruto de la unificación del A.I.R.E. (Registro de Italianos Residentes en el Extranjero) de las municipalidades italianas, con los registros consulares.

Para favorecer la actualización de los datos, la Ley n. 459 dispone la obligación, para los electores, de comunicar sus propios datos actualizados a la oficina consular de la embajada.

Los candidatos inscritos en las listas electorales presentadas en cada una de las Reparticiones geográficas deben ser residentes y electores en dicha Repartición.

El voto de los italianos residentes en el extranjero se expresa por correspondencia. Dentro de los 18 días anteriores a las elecciones, la cancillería consular de la embajada envía a todos los electores un sobre que contiene el certificato electoral; la esquela o esquelas electorales con un sobre pequeño donde colocarlas, así como un sobre grande pre-franqueado, con la dirección de nuestra cancillería, las listas de candidatos, una hoja informativa sobre las modalidades del voto, y el texto de la Ley 459/2001. El elector debe remitir las esquelas con los votos emitidos a la cancillería consular dentro de los 10 días anteriores a la fecha de las elecciones. La cancillería consular procede al rápido envío de los votos a Italia, de manera que el conteo pueda ser efectuado conjuntamente con los votos emitidos en Italia.

Los electores que, 14 días antes de la fecha de las elecciones, no hayan recibido el sobre electoral, pueden solicitarlo presentándose personalmente a la oficina consular en los horarios que esta establezca para comodidad de los electores, y que publicará oportunamente en cada ocasión.

Las representaciones diplomáticas concluyen acuerdos con los gobiernos de los países donde residen los ciudadanos italianos para garantizar que el voto por correspondencia pueda ser ejercido en condiciones de igualdad, libertad y en forma secreta, y que no deriven perjuicios en los puestos de trabajo ni en los derechos de los electores. Los ciudadanos italianos residentes en países con los cuales no haya sido posible llegar a estos acuerdos, podrán votar exclusivamente viajando a Italia.

También el desarrollo de la campaña electoral estará regulado por específicas formas de colaboración con los gobiernos extranjeros, sin embargo, contrariamente a lo que sucede para los acuerdos arriba mencionados, no impedirá el ejercicio al voto por correspondencia.

Los ciudadanos italianos residentes en el extranjero no tienen la obligación de votar por correspondencia. La Ley n. 459 contempla, en efecto, que el elector pueda optar por su derecho a votar en Italia, regresando al territorio nacional y votando por los candidatos que se presenten en la circunscripción electoral nacional donde el elector figura inscrito.

El elector que desee regresar a Italia para votar deberá comunicarlo por escrito a la oficina consular antes del 31 de diciembre del año anterior al vencimiento natural de la legislatura o, en caso de disolución adelantada de las Cámaras, dentro de los 10 días de la fecha de convocación a elecciones. La opción es válida sólo para una única consulta electoral o referéndum.

No está previsto ningún tipo de reembolso por los gastos de viaje efectuados por el elector que haya optado por votar en Italia.

Votar en Italia es por lo tanto la modalidad obligatoria para los ciudadanos italianos residentes en países con cuyos gobiernos no haya sido posible concluir los acuerdos antes mencionados, así como para aquellos residentes en países cuya situación político-social no garantice, aunque sea temporalmente, el respeto de las condiciones que son objeto de los acuerdos. En tales casos, así como para los electores que residen en países donde no exista Representación Diplomática italiana, está previsto el reembolso del 75% de los gastos de viaje para regresar a Italia. En este caso, el elector deberá presentar una solicitud a su oficina consular, adjuntando el certificado electoral y el boleto de viaje.

Elecciones europeas

La Ley n. 459/2001 sobre el ejercicio del voto en el extranjero, no se aplica a las elecciones europeas, que están reguladas por la Ley N. 18 del 24 de enero de 1979, y sus sucesivas modificaciones.

Para las elecciones europeas, por lo tanto, no se aplica el voto por correspondencia: los electores italianos que tienen derecho y sean residentes en países de la Unión Europea, pueden – en efecto – acercarse a las específicas secciones electorales instituidas localmente por nuestra red diplomático-consular.

Los electores italianos residentes en el extranjero pueden también optar, dentro de los términos previstos por la ley, por votar en favor de los candidatos de los países donde residen; estos también pueden regresar a Italia, gozando de facilidades en los precios de las tarifas de los viajes, y votar en su municipalidad de residencia.

 

Elecciones Comites

Los miembros del COMITES son elegidos sobre la base de las listas de candidatos suscritas por los ciudadanos italianos residentes en cada circunscripción consular.

Los ciudadanos italianos mayores de edad residentes en el extranjero, inscritos en las listas electorales, pueden votar por correspondencia (de conformidad con lo previsto por la Ley N. 459/2001), sin necesidad de ir a votar a ninguna mesa electoral, como ocurría anteriormente.

Para poner en condiciones de votar por correspondencia al ciudadano italiano, la cancillería consular de la embajada envía al domicilio de cada elector, dentro de los términos de ley, un sobre que contiene todo el material electoral y una hoja informativa que ilustra las modalidades del voto.

El ciudadano italiano expresa su voto, siguiendo atentamente las instrucciones, luego devuelve por correo a la cancillería consular de la embajada la esquela con el voto, utilizando el sobre pre-franqueado. El sobre tiene que ser devuelto lo antes posible.

Elecciones CGIE

El Consejo General de Italianos en el Extranjero (CGIE) está conformado por 94 miembros que permanecen en el cargo durante 5 años. De estos, 65 son elegidos en representación de las comunidades italianas residentes en el extranjero.

Los miembros electos son escogidos por una asamblea formada por cada país – o grupo de países -, por los COMITES debidamente constituidos, y por las asociaciones de comunidades italianas, en un número no superior al 30% de los miembros de los COMITES en los países europeos, y al 45% en los transoceánicos.

En los países donde no se han conformado los COMITES, las asociaciones de comunidades italianas que operan en esos países, por lo menos desde hace 5 años, proponen a la Representación Diplomática un número de nombres equivalente al doble con respecto al número previsto.

Los restantes 29 miembros son nombrados por el gobierno y asignados de la siguiente manera:

  • 10 de las asociaciones nacionales para la emigración;
  • 7 de los partidos que tienen representación parlamentaria;
  • 9 de las confederaciones sindicales y de los patronatos con mayor representatividad, que estén representados en el CNEL (Consejo Nacional para la Economía y el Trabajo);
  • 1 de la Federación Nacional de Prensa;
  • 1 de la Federación Unida de la Prensa Italiana en el Extranjero;
  • 1 de la organización más representativa de los trabajadores de frontera.

 

Normativa Comites – CGIE

EL CONSEJO GENERAL DE LOS ITALIANOS EN EL EXTRANJERO (C.G.I.E.)

Instituido por la Ley del 6 de noviembre de 1989, N. 368 (modificada por la Ley del 18 de junio de 1998, N. 198), y reglamentada con el D.P.R. (Decreto del Presidente de la República) del 14 de setiembre de 1998, N. 329, el CGIE desempeña actividades consultivas para el gobierno, sobre los grandes temas de interés para los italianos en el extranjero. El Consejo representa el primer paso en el proceso de desarrollo de la «participación» activa en la vida política del país, de parte de las colectividades italianas en el mundo, y constituye el organismo esencial para su conexión permanente con Italia.

El Consejo General de Italianos en el Extranjero se reúne a nivel de Asambleas Plenarias, Comisiones Continentales y Comisiones por Temas. Está conformado por 94 miembros, 65 de los cuales son elegidos directamente por los italianos en el extranjero, cada cinco años, a través de asambleas electorales locales (las últimas elecciones tuvieron lugar en junio de 2004, sobre la base de una Repartición geográfica, definida por un Decreto del Ministro de Relaciones Exteriores del 4 de mayo de 2004). Adicionalmente, a los miembros elegidos, se agregan otros 29 miembros nombrados con Decreto del Presidente del Consejo de Ministros, tras la designación, de parte de las Asociaciones Nacionales para la Emigración, de los partidos con representación parlamentaria, de las organizaciones sindicales y de los patronatos más representativos.

El Presidente del CGIE es el Ministro de Relaciones Exteriores, mientras que son elegidos los cargos de Secretario General (que convoca a la Asamblea Plenaria y al Comité de Presidencia, dirige los trabajos y ejecuta las decisiones tomadas); de los cuatro Vice Secretarios Generales de las tres áreas geográficas (Europa y el Norte de África; América Latina; países no europeos de habla inglesa), y por el grupo de miembros nombrados por el gobierno; y del Comité de Presidencia (conformado por 17 miembros), que se reúne por lo menos seis veces al año. Durante las dos asambleas plenarias anuales, el CGIE, organismo consultivo, examina los problemas de las comunidades italianas en el extranjero, formula opiniones, propuestas y recomendaciones en materia de iniciativas legislativas o administrativas del Estado o las regiones, acuerdos internacionales y normas comunitarias relativas a las comunidades italianas en el extranjero. En particular, el CGIE expresa su opinión obligatoria sobre las orientaciones del gobierno en las siguientes materias: financiaciones en favor de la comunidades en el extranjero; programas a largo plazo y la respectiva financiación de la política escolar, la formación profesional y la tutela social y de prevención social; criterios para la financiación de contribuciones para asociaciones nacionales, patronatos, entidades de formación profesional, organismos de prensa y de información; programas radiales y de televisión para las comunidades en el extranjero; líneas de reforma de los servicios consulares, escolares y sociales.


COMITÉ DE LOS ITALIANOS EN EL EXTRANJERO (COM.IT.ES.)

Instituido con la Ley No. 205/1985, los Com.It.Es. son organismos representativos de nuestra colectividad, elegidos directamente por los italianos residentes en el extranjero, en cada una de las circunscripciones consulares donde residan, por lo menos, 3.000 ciudadanos italianos. En realidad, también donde residan menos de 3.000 ciudadanos italianos, los comités pueden ser nombrados por la autoridad diplomático-consular.

Las normas sobre los Com.it.Es han sido profundamente renovadas con la Ley del 26 de octubre de 2003, N. 286 y con el D.P.R. (Decreto del Presidente de la República) del 29 de diciembre de 2003, N. 395 (Reglamento). Entre las numerosas novedades, se señala, en primer lugar, la introducción del voto por correspondencia en la elección de los Comités; la Ley hace referencia a los procedimientos previstos por la Ley del 27 de diciembre de 2001, N. 459; por lo tanto, la base electoral es la misma que aquella contemplada para las elecciones de los representantes en el Parlamento Nacional.

Los Com.It.Es están conformados por 12 o 18 miembros, dependiendo de si estos son elegidos en circunscripciones consulares con un número menor o mayor a 100.000 conciudadanos residentes, según los resultados de la lista actualizada utilizada para elegir a los representantes para el Parlamento Nacional. El Comité, una vez elegido, puede decidir, posteriormente, nombrar a 4 o 6 miembros, ciudadanos extranjeros de origen italiano.

Un elemento, particularmente novedoso, es el dispuesto por el Art. 1, inciso 2, de la Ley N. 286/2003, que define, por primera vez, a los Com.It.Es. como «organismos de representación de los italianos en el extranjero, en las relaciones con las representaciones diplomático-consulares»; de tal manera, valoriza su rol, tanto en relación a la colectividad italiana de la cual son expresión, como con la autoridad consular. La nueva ley enfatiza, en efecto, las estrechas relaciones de colaboración y cooperación que deben instaurarse entre la autoridad consular y los comités, incluso a través del «regular flujo de información».

Con respecto a sus funciones, los Com.It.Es, a través de estudios e investigaciones, contribuyen a individuar las exigencias de desarrollo social, cultural y civil de la colectividad en referencia. Atención particular es asegurada a la participación de los jóvenes, la igualdad de oportunidades, la asistencia social y escolar, la formación profesional, al sector recreacional, al deporte y al tiempo libre.

Los Comités son llamados a cooperar con la autoridad consular en la tutela de los derechos e intereses de los ciudadanos residentes en la circunscripción consular. Después de las elecciones de marzo de 2004, en la actualidad operan 126 Com.It.Es, esparcidos en 38 países: 69 de los cuales en Europa, 23 en América Latina, 4 en Centroamérica, 16 en América del Norte, 7 en Asia y 7 en Africa.